
19 de octubre, 2026
La diputada provincial Liliana Robledo, con el respaldo de los otros 14 integrantes del bloque del Frejupa, presentó un proyecto de ley para que el Estado pampeano garantice el pago de las cuotas alimentarias cuando los responsables acumulen al menos 60 días de incumplimiento. La iniciativa contempla la creación de un fondo específico y mecanismos judiciales para recuperar el dinero, incluso mediante retenciones sobre cuentas bancarias y billeteras virtuales.
La propuesta busca evitar que niñas, niños y adolescentes queden sin los recursos necesarios para su manutención por las demoras en el cobro de una deuda alimentaria. Para eso, establece que la Provincia adelante las sumas impagas y mantenga la cobertura mientras se cumplan las condiciones previstas en la futura ley.
El proyecto crea el Sistema Provincial de Garantía y Recupero de Cuotas Alimentarias, destinado a quienes tengan una cuota provisoria o definitiva fijada judicialmente, o un acuerdo homologado por la Justicia, y sufran un incumplimiento total o parcial.
La garantía podrá activarse cuando transcurran 60 días corridos desde el vencimiento de la primera cuota total o parcialmente impaga. Una vez constatada la mora, el juez o la jueza interviniente dispondrá la incorporación al sistema y comunicará la decisión al organismo encargado de su aplicación.
El plazo no impedirá que durante esos 60 días continúen las acciones judiciales, las medidas cautelares y los mecanismos de ejecución contra el deudor.
La cobertura inicial comprenderá las sumas efectivamente impagas durante el período que dio origen a la intervención estatal. Si el responsable hubiera realizado pagos parciales, la Provincia cubrirá únicamente la diferencia pendiente. Luego, continuará con los pagos en la periodicidad fijada judicialmente, mientras subsistan las condiciones legales.
Un fondo con recursos de Dafas
La iniciativa también propone crear el Fondo Provincial de Garantía Alimentaria, de carácter específico y rotatorio, para financiar las prestaciones.
Entre sus fuentes de recursos figuran una proporción de las utilidades de los juegos de azar administrados, explotados o regulados por la Dirección de Ayuda Financiera para la Acción Social (Dafas) que correspondan al área provincial de Desarrollo Social, las sumas recuperadas de los deudores, sus actualizaciones e intereses y las partidas presupuestarias necesarias.
La proporción de los recursos de Dafas que se destinará al fondo quedará sujeta a la reglamentación. Además, el proyecto establece que, si esos ingresos resultan transitoriamente insuficientes, el Estado provincial deberá garantizar los recursos presupuestarios necesarios para mantener las prestaciones.
El mecanismo será rotatorio: una vez que la Provincia recupere el dinero adelantado, esos fondos volverán al fondo para financiar nuevas coberturas.
Retenciones sobre cuentas y billeteras virtuales
El proyecto establece que los pagos del Estado tendrán carácter de anticipo de la obligación alimentaria. Por lo tanto, la intervención provincial no liberará al responsable de su deuda ni reducirá o extinguirá la obligación fijada por la Justicia.
Para recuperar los recursos, el juez o la jueza podrá ordenar medidas sobre ingresos, cuentas bancarias, cuentas de pago, créditos, bienes y otros activos del deudor que puedan ser alcanzados legalmente.
La iniciativa incluye de manera expresa las billeteras virtuales y las acreditaciones de fondos en instrumentos financieros o de pago. Cuando la cuota se haya fijado como un porcentaje de los ingresos, la retención sobre las acreditaciones alcanzadas podrá aplicar ese mismo porcentaje. Si se estableció una suma fija, la Justicia determinará la modalidad de recupero según la deuda y la capacidad económica identificada del responsable.
El proyecto excluye de las retenciones los fondos legalmente inembargables, las transferencias entre cuentas de una misma titularidad, los recursos de terceros cuya pertenencia pueda acreditarse y los demás conceptos protegidos por la legislación vigente. Las medidas también deberán respetar el debido proceso.
Un registro propio y control anual
La propuesta contempla la creación de un Registro Único de Garantía Alimentaria, digital y reservado, para registrar las obligaciones judiciales, los períodos impagos, los pagos realizados por la Provincia, los recuperos y los saldos pendientes. Este sistema será independiente del Registro Provincial de Deudores Alimentarios vigente en La Pampa.
La autoridad de aplicación estará a cargo de manera conjunta de los organismos provinciales competentes en materia de niñez y de Hacienda, Finanzas o Tesorería. El proyecto prioriza el intercambio electrónico de información con el Poder Judicial y otros organismos públicos para evitar que las personas a cargo del cuidado deban realizar gestiones repetidas ante distintas dependencias.
También prevé un informe público anual con la cantidad de niñas, niños y adolescentes incorporados, los montos pagados y recuperados, la tasa de recupero y los saldos pendientes, sin divulgar datos que permitan identificar a las familias o a los deudores.
La garantía estatal cesará cuando el responsable acredite el pago íntegro y en término de tres cuotas consecutivas, cuando termine judicialmente la obligación alimentaria o cuando se configure otra causal legal. El cese no extinguirá las sumas que todavía adeude al fondo por los anticipos realizados.
La iniciativa, que lleva la firma de Robledo como autora y de los otros 14 diputados del Frejupa como coautores, deberá seguir el trámite legislativo correspondiente. Si se convierte en ley, establecerá un mecanismo para que el incumplimiento de una cuota alimentaria no deje a niñas, niños y adolescentes a la espera de que se concrete el cobro judicial.