27 de julio, 2026
La investigación por el millonario robo de US$250.000 en perjuicio del empresario Prada (estuvo presente en la Audiencia) sumó este lunes un nuevo capítulo. En los Tribunales de General Pico se desarrolló la audiencia de formalización de Gonzalo Torres y Claudio Arhex, los dos imputados que restaban comparecer ante la Justicia luego de regresar al país tras permanecer en el exterior.
La audiencia fue encabezada por el juez Alejandro Gilardenghi, con la participación del fiscal Damián Campos, el abogado querellante Jerónimo Altamirano, el damnificado Prada, el defensor Martín Herrero Galvagno y ambos acusados.
Durante la audiencia, la Fiscalía solicitó seis meses de prisión preventiva para los dos imputados, al considerar que todavía existen riesgos procesales y medidas de prueba pendientes.
Por su parte, la querella fue más allá y pidió ocho meses de prisión preventiva, mientras que la defensa solicitó la libertad de ambos acusados y, en forma subsidiaria, requirió que se les concediera la prisión domiciliaria.
Tras escuchar los argumentos de todas las partes, el juez Gilardenghi adoptó una resolución intermedia y dispuso:
Al fundamentar la medida, el magistrado explicó que la situación procesal de ambos no podía evaluarse de la misma manera.
"Las medidas de coerción deben resolverse en función de las circunstancias particulares de cada imputado. En este caso existen diferencias objetivas que impiden darles el mismo tratamiento procesal", sostuvo.
Uno de los puntos centrales de la resolución fue la existencia de antecedentes penales de Gonzalo Torres, situación que no presenta Claudio Arhes.
"La expectativa de pena no es igual para ambos. Gonzalo Torres registra antecedentes penales, mientras que Claudio Arhex no los tiene, y esa diferencia incide directamente al momento de evaluar el riesgo procesal", explicó Gilardenghi.
El juez también destacó que ambos poseen arraigo en General Pico, con domicilio conocido, vínculos familiares y actividad laboral estable, aspectos que juegan a favor al analizar el peligro de fuga.
Sin embargo, aclaró que esas circunstancias no alcanzan por sí solas para descartar la aplicación de medidas cautelares.
"También debo ponderar la gravedad del hecho investigado, la pena que eventualmente podría imponerse y la etapa en la que se encuentra la investigación. Todos esos factores deben evaluarse de manera conjunta", señaló.
Otro de los elementos considerados por el magistrado fue que ambos imputados regresaron al país y comparecieron voluntariamente ante la Justicia.
"La presentación voluntaria y la puesta a disposición del tribunal son conductas que deben ser valoradas, aunque no resultan suficientes para descartar completamente los riesgos procesales que todavía subsisten", indicó.
Gilardenghi también explicó por qué no hizo lugar ni al pedido de seis meses formulado por la Fiscalía ni al de ocho meses solicitado por la querella.
A su entender, dos meses constituyen un plazo razonable para garantizar el normal avance de la investigación mientras el Ministerio Público Fiscal continúa con las pericias y las medidas de prueba pendientes.
Finalmente, justificó el distinto criterio aplicado a cada imputado.
"En el caso de Gonzalo Torres, sus antecedentes hacen necesaria una prisión preventiva de cumplimiento efectivo. En cambio, respecto de Claudio Arhex, entiendo que la prisión domiciliaria con monitoreo electrónico constituye una medida suficiente para asegurar su sometimiento al proceso", concluyó el juez.
Con esta resolución, la Justicia fijó medidas cautelares diferentes para los dos acusados, apartándose tanto de los pedidos de la Fiscalía y la querella, que pretendían un período más prolongado de prisión preventiva para ambos, como del planteo de la defensa, que había solicitado que afrontaran el proceso en libertad. Mientras tanto, la investigación por el robo de los US$250.000 continuará con nuevas diligencias ordenadas por el Ministerio Público Fiscal.